domingo, 22 de julio de 2012

SISTEMA ANTICOLISIÓN DE A BORDO (ACAS) PARTE-3


PARTE-3 

ENCUENTROS A ALTA VELOCIDAD VERTICAL (HVR)

Los pilotos deberían utilizar procedimientos apropiados que permiten que un avión que asciende o desciende a una altitud o nivel de vuelo asignado, especialmente cuando se usa el piloto automático, pueda hacerlo a una velocidad menor que 1.500 ft/min en los últimos 1 000 ft del ascenso o descenso a la altitud o nivel de vuelo asignado, cuando el piloto toma conciencia de otra aeronave a una altitud o nivel de vuelo adyacente o aproximándose a dicha altitud o nivel, salvo que se reciban otras instrucciones del ATC. Con estos procedimientos se trata de evitar que haya avisos de resolución innecesarios del ACAS II en aeronaves que vuelan a altitudes o niveles de vuelo adyacentes o que se aproximan a dichas altitudes o niveles.

DE INSTRUCCIÓN SOBRE EL ACAS PARA PILOTOS

Nota. — En este documento la sigla “ACAS” significa “ACAS II”.

INTRODUCCIÓN

Durante la implantación del ACAS y las evaluaciones operacionales realizadas en los Estados, se detectaron varios problemas operacionales que se atribuyeron a deficiencias en los programas de instrucción de pilotos. Para abordar estas deficiencias, se desarrolló un conjunto de objetivos de instrucción para los pilotos basado en la actuación con respecto al ACAS. Los objetivos de instrucción incluyen: teoría de funcionamiento; operaciones prevuelo; operaciones generales en vuelo; respuestas a los avisos de tránsito (TA); y respuestas a los avisos de resolución (RA).

Además, los objetivos de instrucción se dividen en las áreas siguientes: instrucción académica sobre ACAS; instrucción en maniobras ACAS, evaluación inicial ACAS, y calificación periódica ACAS.

El material de instrucción académica sobre ACAS se ha dividido en elementos de instrucción que se consideran esenciales y otros que se consideran deseables. Los que se consideran esenciales se exigen de todo explotador del ACAS. Para cada área, se define una lista de objetivos y criterios de actuación aceptables. Toda la instrucción perteneciente a maniobras se considera esencial.

Al elaborar este texto no se intentó definir la forma en que debía implantarse el programa de instrucción. En cambio, se establecieron objetivos que definen el conocimiento que se espera que el piloto que utiliza el ACAS tenga y la actuación que se espera del piloto que ha completado la instrucción ACAS. En consecuencia, todos los pilotos que utilizan el equipo ACAS deberían recibir la instrucción ACAS que se describe a continuación.

INSTRUCCIÓN ACADÉMICA SOBRE ACAS

Generalidades

Generalmente esta instrucción se imparte en clases. El conocimiento especificado en esta sección puede demostrarse pasando con éxito pruebas escritas o bien respondiendo correctamente a preguntas de instrucción por computadora CBT) que no se realiza en tiempo real.

Elementos esenciales

Teoría de funcionamiento. El piloto debe demostrar que entiende el funcionamiento del ACAS y los criterios utilizados para emitir TA y RA. La instrucción debería tratar los temas siguientes:

Funcionamiento del sistema

OBJETIVO: Demostrar que conoce el funcionamiento del ACAS.
CRITERIOS: El piloto debe demostrar que entiende las funciones siguientes:

a)    Vigilancia:

1)    el ACAS interroga a otras aeronaves equipadas con transpondedor dentro de una alcance nominal de 14 NM); y

2)    puede reducirse el alcance de vigilancia ACAS en zonas geográficas con un gran número de interrogadores de tierra y/o de aeronaves dotadas d equipo ACAS. Se garantiza un alcance de vigilancia mínima de 4,5 NM  para la  aeronaves ACAS en vuelo.

Nota. — Si la instalación del ACAS del explotador puede utilizar señales espontáneas ampliadas en Modo S, puede aumentarse el alcance normal de vigilancia más allá de las 14 NM nominales. Sin embargo, esta información no se utiliza para fines anticolisión.

b)    Prevención de colisiones:

1)    pueden emitirse TA con respecto a cualquier aeronave equipada con un transpondedor que responda a las interrogaciones en Modo C de la OACI, aunque la aeronave carezca de capacidad para notificar la altitud;

Nota. — Los transpondedores SSR que tienen Modo A solamente no generan TA. El ACAS no utiliza interrogaciones en Modo A; por lo tanto, el ACAS desconoce los códigos del transpondedor en Modo A de las aeronaves cercanas. En los SARPS de la OACI, el Modo C menos la altitud no se considera Modo A debido a la diferencia en los intervalos entre impulsos. El ACAS utilizará los impulsos de alineación de trama de respuesta a las interrogaciones en Modo C y hará el seguimiento y podrá presentar en pantalla las aeronaves equipadas con transpondedores en modo A/C operativos tanto si las funciones de notificación de altitud han sido activadas como si no.

2)    pueden emitirse RA únicamente con respecto a aeronaves que notifican su altitud y únicamente en el plano vertical;

3)    los RA emitidos con respecto a un intruso equipado con ACAS se coordinan para asegurar que se emitan RA complementarios;

4)    el hecho de no responder a un RA priva a la aeronave de la protección anticolisión proporcionada por su ACAS. Además, en encuentros ACAS-ACAS, esto también restringe las opciones disponibles para el ACAS de la otra aeronave y, en consecuencia, vuelve al ACAS de la otra aeronave menos eficaz que si la propia aeronave no tuviera equipo ACAS; y

5)    es probable que las maniobras en dirección opuesta a aquella indicada por el RA den como resultado más reducción en la separación. Esto es particularmente cierto en el caso de un encuentro coordinado ACAS-ACAS.

Umbrales de los avisos

OBJETIVO: Demostrar que conoce los criterios de emisión de TA y RA.

CRITERIOS: El piloto debe poder demostrar que entiende el método utilizado por el ACAS para emitir TA y RA, así como los criterios generales para la emisión de estos avisos incluyendo lo siguiente:

a) los avisos ACAS se basan más bien en el tiempo hasta el punto más cercano de aproximación (CPA) que en la distancia. El tiempo debe ser breve y la separación vertical pequeña, o previstamente pequeña, antes de que se emita un aviso. Las normas de separación proporcionadas por los servicios de tránsito aéreo difieren de aquéllas respecto de las cuales el ACAS emite alertas;

b) los umbrales para la emisión de los TA o RA varían con la altitud. Los umbrales son mayores cuando la altitud es mayor;

c) generalmente los TA ocurren de 20 a 48 segundos antes de un CPA. Cuando el ACAS funciona en modo TA únicamente, la emisión de RA quedará inhibida;

a)    los RA tienen lugar entre 15 y 35 segundos antes del CPA previsto; y

b)    los RA se seleccionan para proporcionar la separación vertical deseada en el CPA. Como resultado de ello, el RA puede dar instrucciones de ascenso o descenso a través de la altitud de la aeronave intrusa.

Limitaciones del ACAS

OBJETIVO: Verificar que el piloto conoce las limitaciones del ACAS.

CRITERIOS: El piloto debe demostrar que conoce y entiende las limitaciones del ACAS incluyendo las siguientes:

a)    el ACAS no seguirá ni visualizará aeronaves que no estén equipadas con un transpondedor, ni aeronaves cuyo transpondedor no funcione, ni aeronaves con un transpondedor Modo A;

b)    el ACAS fallará automáticamente si se pierden los datos del altímetro barométrico, el radioaltímetro o el transpondedor de la aeronave.

Nota.— En algunas instalaciones, la pérdida de información procedente de otros sistemas de a bordo, tales como el sistema de referencia inercial (IRS) o el sistema de referencia de actitud y rumbo (AHRS), puede dar lugar a falla del ACAS. Cada explotador debería asegurarse de que sus pilotos conocen los tipos de fallas que pueden causar la falla del propio ACAS.
c)    no se visualizarán algunas aeronaves situadas dentro de los 116 m (380 ft) sobre el nivel del terreno (AGL) (valor nominal). Si el ACAS puede determinar que una aeronave situada por debajo de esta altitud está en vuelo, la presentará en pantalla;

d)    el ACAS tal vez no presente en pantalla todas las aeronaves cercanas equipadas con un transpondedor en zonas de elevada densidad de tránsito; no obstante, emitirá los RA que sean necesarios;

e)    debido a limitaciones de diseño, la marcación presentada por el ACAS no es suficientemente precisa para permitir que se inicien maniobras horizontales basadas únicamente en la presentación del tránsito;

f)     debido a limitaciones de diseño, el ACAS no visualizará ni dará alertas de los intrusos cuya velocidad vertical sea superior a 3 048 m/min (10 000 ft/min). Además, la implementación del diseño puede dar lugar a errores a corto plazo en la velocidad vertical seguida de un intruso durante periodos de elevada aceleración vertical por este último; y

g)    los avisos de pérdida, del sistema de advertencia de la proximidad del terreno (GPWS) y de cizalladura del viento tienen prioridad sobre los del ACAS. Cuando un aviso GPWS o de cizalladura del viento se activa, el ACAS pasará automáticamente al Modo TA únicamente, excepto que se inhibirán los anuncios auditivos del mismo. El ACAS seguirá en Modo TA únicamente durante 10 segundos después de haberse retirado un aviso GPWS o de cizalladura del viento.

Inhibiciones del ACAS

OBJETIVO: Verificar que el piloto conoce las condiciones en las que se inhiben determinadas funciones del ACAS.

CRITERIOS: El piloto debe demostrar que conoce y entiende las diversas inhibiciones del ACAS, incluyendo las siguientes:

a)    los RA de incremento del descenso se inhiben por debajo de 442 (±30) m (1 450 (± 100) ft) AGL;

b)    los RA de descenso se inhiben por debajo de 335 (± 30) m (1 100 (± 100) ft) AGL;

c)    se inhiben todos los RA por debajo de 305 (± 30) m (1 000 (± 100) ft) AGL;

d)    se inhiben todos los anuncios auditivos del ACAS por debajo de los 152 (± 30) m (500 (± 100) ft) AGL, esto incluye los anuncios sonoros relativos a los TA; y


a)    la altitud y la configuración por debajo de las cuales se inhiben los RA de ascenso y de aumento del ascenso. El ACAS puede emitir RA de ascenso y de aumento del ascenso cuando funciona a la altitud máxima o nivel superior certificado de la aeronave. No obstante, si la performance del avión a la altitud máxima no es suficiente para cumplir con la velocidad de ascenso requerida por el RA de ascenso, la respuesta debería estar de todas maneras en el sentido requerido pero no más allá de la medida permitida por las limitaciones de performance del avión.

Nota. — En algunos tipos de aeronaves nunca se inhiben los RA de ascenso o de incremento del ascenso.

Procedimientos de utilización.

El piloto debe demostrar que posee los conocimientos necesarios para operar el
ACAS e interpretar la información presentada por este último. Esta instrucción debería abarcar los temas siguientes:

Uso de controles

OBJETIVO: Verificar que el piloto puede utilizar debidamente todos los controles del ACAS y de presentación.

CRITERIOS: Demostrar el uso apropiado de los controles incluyendo lo siguiente:

a)    configuración de aeronave necesaria para iniciar un autochequeo;

b)    etapas necesarias para iniciar un autochequeo;

c)    reconocer si el autochequeo ha tenido éxito o no. En el segundo caso reconocer el motivo de la falla y, de ser posible, corregir el problema;

d)    uso recomendado de la selección del alcance de la presentación del tránsito. En el área terminal se utiliza un alcance más reducido y en el entorno en ruta y en la transición entre el entorno terminal y en ruta se utiliza un alcance de presentación más amplio;

e)    uso recomendado del selector de modo “por encima/por debajo”, cuando exista. El primero debería utilizarse durante el ascenso y el segundo durante el descenso;

f)     darse cuenta de que la configuración de la presentación del tránsito, es decir, alcance y selección “por encima/por debajo” no afecta al volumen de vigilancia del ACAS;

g)    selección de alcance más reducido en la presentación del tránsito para aumentar la resolución de presentación cuando se emita un aviso;

h)   cuando sea posible, selección apropiada de la presentación de altitud absoluta o relativa, así como las limitaciones del uso de esta opción de presentación absoluta si no se proporciona al ACAS una corrección barométrica; y

i)     configuración apropiada para presentar la información ACAS sin eliminar la de otros elementos de información que se necesitan.

Nota. — La amplia variedad de aplicaciones de la presentación hace que sea difícil establecer criterios más definitivos. Al elaborar el programa de instrucción, estos criterios generales deberían ampliarse para incluir detalles concretos de una presentación específica del explotador.

Interpretación de la presentación

OBJETIVO: Verificar que el piloto entiende el significado de toda la información que el ACAS puede presentar.

CRITERIOS: El piloto debe demostrar su capacidad de interpretar adecuadamente la información presentada por el ACAS incluyendo lo siguiente:

a)    otro tránsito, por ejemplo, tránsito dentro del alcance de presentación seleccionado que no está próximo, o no causa la emisión de TA y RA;

b)    tránsito próximo, por ejemplo, situado dentro de 11 km (6 NM) y ±366 m (1 200 ft);

c)     tránsito que no notifica la altitud;

d)    TA y RA sin marcación;

e)    TA y RA fuera de escala. Debería cambiarse el alcance seleccionado para asegurarse de que se presenta toda la información disponible sobre el intruso;

f)      avisos de tránsito. Debería seleccionarse el alcance mínimo de presentación disponible que permita que se presente en pantalla el tránsito a fin de proporcionar la máxima resolución de presentación;

g)    avisos de resolución (presentación del tránsito). Debería seleccionarse el alcance mínimo de presentación disponible que permita que se presente el tránsito a fin de proporcionar la máxima resolución de presentación;

h)    avisos de resolución (presentación RA). Los pilotos deberían demostrar que conocen el significado de las zonas rojas y verdes o de las indicaciones del ángulo de cabeceo o de trayectoria de vuelo que figuran en la presentación RA. En el caso de las presentaciones con zonas rojas y verdes, los pilotos deberían saber cuándo se presentarán las zonas verdes y cuando no. Además deberían demostrar que conocen las limitaciones de la presentación RA, por ejemplo, si se utiliza una cinta de velocidad vertical y el alcance de la cinta es inferior a 762 m/min (2 500 ft/min), cómo se presentará adecuadamente un RA de aumento de velocidad; y

i)      si corresponde, tener presente que las presentaciones de navegación orientadas “Track-Up” pueden exigir que el piloto tenga en cuenta mentalmente el ángulo de deriva al evaluar la marcación del tránsito que está próximo.

Nota.— La amplia variedad de implantaciones de presentación exigirá que se elaboren ciertos criterios. Al elaborar el programa de instrucción, deberían ampliarse dichos criterios para abarcar información sobre la implantación de la presentación del explotador.

Uso del Modo TA únicamente

OBJETIVO: Verificar que el piloto sabe cuando debe seleccionarse el Modo de operación de TA únicamente y conoce las limitaciones del mismo.

CRITERIOS: El piloto debe demostrar lo siguiente:
a)    conocimiento de la orientación del explotador para el uso del Modo TA únicamente;

b)    motivos para utilizar este modo y situaciones en las que convenga utilizarlo. Aquí se incluyen las operaciones en estrecha proximidad conocida a otras aeronaves, como en los casos en que se utilizan aproximaciones visuales hacia pistas paralelas poco distantes entre si o en despegues hacia aeronaves que funcionan en un corredor de VFR. Si no se selecciona el Modo TA únicamente cuando un aeropuerto esta llevando a cabo operaciones simultaneas a partir de pistas paralelas por menos de 366 m (1 200 ft) de separación y hacia pistas que se cruzan, pueden preverse RA. Si se recibe un RA en esas situaciones, la respuesta debería seguir los procedimientos aprobados por el explotador; y

c)    el anuncio auditivo TA se inhibe por debajo de 152 m (}30) m (500 ft (}100 ft)) AGL. Por consiguiente, el TA emitido por debajo de 152 m (500 ft) AGL tal vez no se note a menos que la presentacion TA se incluya en la exploracion ordinaria de los instrumentos.

Coordinación de la tripulación

OBJETIVO: Verificar que los pilotos preparan adecuadamente a los demás miembros de la tripulación con respecto a la manera en que se trataran los avisos del ACAS.

CRITERIOS: Los pilotos deben demostrar que en la sesión de información previa al vuelo se tratan los procedimientos que se usaran en respuesta a TA y RA incluyendo lo siguiente:

a)    reparto de responsabilidades entre el piloto que esta volando y el piloto que no lo esta, incluyendo una definición clara para establecer si el piloto que esta volando o el piloto al mando operara la aeronave durante una respuesta a un RA;

b)    llamadas esperadas;

c)    comunicaciones con el ATC; y

d)    condiciones en las que un RA puede no seguirse, determinándose la persona que toma esa decisión.

Nota 1... Los procedimientos para llevar a cabo la sesión de información previa al vuelo y para responder a los avisos del ACAS difieren de un explotador a otro. Al implantar el programa de instrucción deberían tenerse en consideración esos factores.

Nota 2. El explotador debe indicar las condiciones en las que no será necesario seguir un RA, reflejando la recomendación publicada por la autoridad de aviación civil del Estado en cuestión. Este elemento no debería dejarse a la discrecion de la tripulación.

Nota 3. Esta parte de la instrucción puede combinarse con otras, como la gestión de recursos en el puesto de pilotaje (CRM).

Requisitos de notificación

OBJETIVO: Verificar que el piloto conoce los requisitos para notificar los RA al controlador y a las demás autoridades.

CRITERIOS: El piloto debe conocer lo siguiente:

a)    el uso de fraseología que figura en los Procedimientos para los servicios de navegación aérea y Gestión del transito aéreo (PANS-ATM, Doc. 4444); y

b)    el lugar en que puede obtenerse información relativa a la necesidad de preparar informes escritos para varios Estados cuando se emite un RA. Los Estados tienen requisitos diferentes en materia de notificación y los textos que se proporcionan al piloto deberían ajustarse al entorno de funcionamiento de la línea aérea.

Elementos deseables

Umbrales de los avisos

OBJETIVO: Demostrar que conoce los criterios de emisión de TA y RA.

CRITERIOS: El piloto debe demostrar que entiende el método utilizado por el ACAS para la emisión de TA y RA, así como los criterios generales para la emisión de dichos avisos, incluyendo lo siguiente:

a)    el umbral de altitud TA es de 259 m (850 ft) por debajo del FL 420 y 366 m (1 200 ft) por encima del FL 420;

b)    cuando se prevé que la separación vertical en el CPA sea inferior a la separación que pide el ACAS, se emitirá un RA que exigirá que se modifique la velocidad vertical. Esta separación que pide el ACAS varía de 91 m (300 ft) a baja altitud a un máximo de 213 m (700 ft) por encima del FL 300;

c)    cuando se prevé que la separación vertical en el CPA sobrepasará la separación que pide el ACAS, se emitirá un RA que no exige un cambio en la velocidad vertical. Esta separación varía entre 183 y 244 m (600 y 800 ft); y

d)    los umbrales RA de alcance fijo varían entre 0,4 km (0,2 NM) a altitud baja y 2 km (1,1 NM) a gran altitud. Estos umbrales de alcance fijo se utilizan para emitir RA en encuentros con velocidades relativas de aproximación lentas.

INSTRUCCIÓN SOBRE MANIOBRAS ACAS

Cuando se instruye al piloto para responder adecuadamente a la información presentada por el ACAS, los TA y RA son más eficaces si se llevan a cabo en un simulador de vuelo dotado de presentación y controles ACAS semejantes en apariencia y funcionamiento a los que existen en la aeronave. Si se utiliza un simulador, la gestión de recursos en el puesto de pilotaje (CRM) para responder a TA y RA debería practicarse durante la instrucción.

Si el explotador no tiene acceso a un simulador con ACAS, la primera evaluación del ACAS debería llevarse a cabo mediante CBT interactiva con presentación y controles ACAS semejantes en apariencia y funcionamiento a los que existen en la aeronave en que el piloto volará. La CBT interactiva debería representar escenarios en las que deben efectuarse respuestas en tiempo real. Debería informarse al piloto si sus respuestas son correctas o no. Si la respuesta es incorrecta o inapropiada, la CBT debería indicar la respuesta correcta.

En los escenarios de instrucción de maniobras deberían incluirse RA iniciales que requieren un cambio en la velocidad vertical; RA iniciales que no requieren cambio en la velocidad vertical; RA de mantenimiento de velocidad; RA de cruce de altitud; RA de aumento de velocidad; inversión de los RA; RA debilitados; RA emitidos cuando la aeronave está a una altitud máxima; y encuentros entre varias aeronaves. En todos los escenarios, las desviaciones deberían limitarse a la medida requerida por el RA. Los escenarios deberían concluir volviendo al perfil de vuelo original. Los escenarios deberían incluir además demostraciones de las consecuencias de no responder a los RA, de las respuestas lentas o tardías y de las maniobras que se efectúan en sentido contrario a lo que se indica en el RA presentado, según se indica a continuación:

Respuestas a los TA

OBJETIVO: Verificar que el piloto interpreta y responde a los TA adecuadamente.

CRITERIOS: El piloto debe demostrar lo siguiente:

a) reparto apropiado de responsabilidades entre el piloto que está volando y el piloto que no lo está. El primero debería seguir dirigiendo la aeronave y estar listo para responder a cualquier RA que pueda presentarse. El otro piloto debería proporcionar actualizaciones sobre la posición de las aeronaves indicadas en la presentación del tránsito ACAS y utilizar esta información para facilitar la adquisición visual del intruso;

c)    interpretación correcta de la información presentada. Búsqueda visual del tránsito que causa el TA en el lugar indicado en la presentación del tránsito. Debería utilizarse toda la información que figura en la presentación, tomándose nota de la marcación y distancia del intruso (círculo ámbar), tanto si está por debajo o por encima (etiqueta de dato), así como la dirección de su velocidad vertical (flecha de tendencia);

d)    se utiliza toda la información disponible para facilitar la adquisición visual. Se incluye la información ATC “de línea compartida”, la afluencia del tránsito en uso, etc.;

e)    debido a las limitaciones que se describen en 2.2.1.3 e), no se efectúan maniobras basándose únicamente en la información que aparece en la presentación del ACAS; y

f)     cuando se logra la adquisición visual, se utilizan las reglas del derecho de paso para mantener o alcanzar una separación segura. No se inician maniobras innecesarias. Se entienden las limitaciones que suponen las maniobras basadas únicamente en adquisición visual.

Respuestas a los RA

OBJETIVO: Verificar QUE el piloto interpreta y responde a los RA adecuadamente.

CRITERIOS: El piloto DEBE demostrar lo siguiente:

a)    reparto apropiado de responsabilidades entre el piloto que está volando y el piloto que no lo está. El primero debería responder a los RA con acciones de control positivas, cuando corresponda, mientras que el piloto que no está volando proporciona actualizaciones sobre la posición de las aeronaves, comprueba la presentación del tránsito y vigila la respuesta al RA. Debería aplicarse debidamente la CRM. Si los procedimientos del explotador requieren que el piloto al mando ejecute los RAs, debería demostrarse la transferencia del control de la aeronave;

b)    interpretación correcta de la información presentada. El piloto reconoce al intruso que ha causado la emisión del RA (cuadro rojo en la presentación). El piloto responde adecuadamente;

c)    para los RA que requieren un cambio en la velocidad vertical, la respuesta se inicia en la dirección apropiada dentro de los cinco segundos de presentación del RA. Las acciones del piloto deben centrarse en las tareas relacionadas con la maniobra del avión en respuesta al RA y la coordinación de la tripulación de vuelo, evitando las distracciones que puedan interferir en una respuesta correcta y oportuna. Después de iniciarse la maniobra, y tan pronto como sea posible, en la medida que lo permita la carga de trabajo de la tripulación de vuelo, se notifica al ATC utilizando la fraseología normalizada si la maniobra requiere desviarse de la instrucción o autorización ATC vigente;

Nota. — En la Parte III, Capítulo 3, 3.2 c) 1), se especifica que, en el caso de un RA, los pilotos deberían responder inmediatamente y efectuar las maniobras indicadas, salvo cuando al hacerlo se ponga en peligro la seguridad operacional del avión.

d)    para los RA que no requieren un cambio en la velocidad vertical, centrarse en las tareas relacionadas con el seguimiento del RA, incluyendo estar preparados para cualquier modificación del RA presentado inicialmente, que pudiera requerir un cambio en la velocidad vertical. Se deben evitar las distracciones que puedan interferir en una respuesta correcta y oportuna;

e)    reconocimiento del RA presentado inicialmente y respuesta apropiada respecto de las modificaciones:

1.     para los RA de aumento de velocidad, se aumenta la velocidad vertical dentro de 2½ segundos de la presentación del RA;

2.    para la inversión de los RA, la maniobra se inicia dentro de 2½ segundos de la presentación del RA;

3.    para la debilitación de los RA, la velocidad vertical se modifica para iniciar el retorno al nivel de vuelo dentro de 2½ segundos de presentación del RA; y

4.    para los RA de refuerzo, la maniobra para cumplir con el RA revisado se inicia dentro de 2½ segundos de su presentación;

f)     reconocimiento de encuentros de cruce de altitud y respuesta apropiada a dichos RA;

g)    para los RA que no requieren cambio de la velocidad vertical, la aguja correspondiente a la velocidad vertical o ángulo de cabeceo se mantiene fuera de la zona roja en la presentación RA;

h)   para los RA de mantenimiento de la velocidad vertical, no se reduce la velocidad vertical. Los pilotos deberían reconocer que un RA de mantenimiento de la velocidad vertical puede dar lugar al cruce de la altitud de un intruso;

i)     si se toma la decisión justificada de no seguir un RA, la velocidad vertical resultante no está en una dirección opuesta al sentido del RA presentado;

j)      que la desviación respecto de la autorización vigente se minimice nivelando la aeronave cuando el RA se debilita y cuando se anuncia “conflicto terminado”, ejecutando un pronto retorno a la autorización vigente; y notificando al ATC lo antes posible, según lo permita la carga de trabajo de la tripulación de vuelo;

k)    que, cuando sea posible, se siga la autorización ATC al responder a un RA. Por ejemplo, si la aeronave puede estabilizarse horizontalmente en la altitud asignada al responder a un RA de reducir el ascenso o el descenso, esto debería hacerse;

l)     que si se reciben simultáneamente instrucciones que están en conflicto respecto de maniobras del ATC y de un RA, se siga el RA, y, lo antes posible, según lo permita la carga de trabajo de la tripulación de vuelo, se notifique al ATC utilizando la fraseología normalizada;

m)  un conocimiento de la lógica ACAS para varias aeronaves y sus limitaciones, y de que el ACAS puede optimizar la separación respecto a dos aeronaves ascendiendo o descendiendo hacia una de ellas. Por ejemplo, el ACAS sólo considera como intrusos las aeronaves que toma como amenaza al seleccionar un RA. De ese modo, es posible que el ACAS emita un RA respecto a un intruso que dé lugar a una maniobra hacia otro intruso que no se considera como amenaza. Si el segundo intruso se convierte en amenaza, se modifica el RA para proporcionar separación respecto al mismo;

n)   conocimiento de las consecuencias de no responder a un RA y de ejecutar maniobras en sentido opuesto al RA; y

o)    que se adopte una respuesta pronta cuando se emite un RA de ascenso mientras la aeronave está a la altitud máxima.

EVALUACIÓN INICIAL DEL ACAS

Deberían evaluarse los conocimientos del piloto respecto a los elementos de instrucción académica mediante un examen escrito o CBT interactiva que registre las respuestas correctas o incorrectas a las preguntas.

Los conocimientos que tiene el piloto de los elementos de instrucción sobre maniobras deberían evaluarse con un simulador de vuelo dotado de presentación y de controles ACAS semejantes en apariencia y funcionamiento a los que existen en la aeronave con la que el piloto volará, evaluándose los resultados por un instructor, un inspector o un piloto inspector cualificados. La gama de situaciones debería abarcar las siguientes: RA iniciales que requieren un cambio en la velocidad vertical; RA iniciales que no requieren un cambio de la velocidad vertical; RA de mantenimiento de la velocidad; RA de cruce de altitud; RA de aumento de velocidad; inversiones de los RA; RA debilitados; RA emitidos cuando la aeronave está a la altitud máxima y encuentros de varias aeronaves. En todos los escenarios, las desviaciones deberían limitarse a lo requerido por el RA. Los escenarios deberían concluirse volviendo al perfil de vuelo original. Los escenarios deberían también incluir demostraciones de las consecuencias de no responder a los RA, de las respuestas lentas o tardías y de efectuar maniobras en el sentido opuesto al que se pide en el RA presentado.

Si un explotador no tiene acceso a un simulador con ACAS, la evaluación ACAS inicial debería llevarse a cabo mediante CBT interactiva con presentación y controles ACAS semejantes en apariencia y funcionamiento a los de la aeronave con la que el piloto volará. En la CBT interactiva deberían representarse escenarios en que se requieran respuestas en tiempo real, registrándose si las respuestas han sido correctas o no. La CBT debería incluir todos los tipos de RA que se describen en el párrafo anterior.

INSTRUCCIÓN PERIÓDICA SOBRE ACAS

La instrucción periódica sobre ACAS asegura que los pilotos mantienen los conocimientos y aptitudes ACAS necesarios. Dicha instrucción debería integrarse en los programas establecidos de instrucción de repaso y llevarse a cabo en asociación con otros programas. Un elemento esencial de la instrucción periódica consiste en analizar las cuestiones y preocupaciones operacionales importantes señaladas por el explotador.

En los programas de seguimiento del ACAS periódicamente se publican resultados de los análisis de los sucesos ACAS. Habitualmente los resultados de esos análisis examinan problemas técnicos y operacionales relacionados con el uso y el funcionamiento del ACAS. Esta información puede obtenerse de la OACI o directamente de los programas de seguimiento. Los programas de instrucción periódica sobre el ACAS deberían abordar los resultados de los programas de seguimiento, tanto en la parte académica como en la parte en simulador de las visitas de instrucción periódicas.

Nota. — Los programas de seguimiento ACAS se realizan en algunos Estados y organizaciones internacionales, incluyendo la Administración Federal de Aviación (FAA) de los Estados Unidos y la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea (EUROCONTROL).

En la instrucción periódica debería incluirse tanto la instrucción académica como de maniobras y abordarse todo problema importante que se detecte mediante la experiencia de funcionamiento en línea, los cambios de los sistemas, los cambios de procedimiento, o las características específicas, como la introducción de nuevos sistemas de presentación/aeronave y operaciones en el espacio aéreo en que se han notificado numerosos TA y RA.

Los pilotos deberían realizar maniobras en todos los escenarios cada cuatro años.

Los pilotos deberían completar todos los escenarios cada dos años si se utiliza CBT.

ENCUENTROS A ELEVADA VELOCIDAD VERTICAL (HVR) CON ACAS

FUNCIONAMIENTO DEL ACAS DURANTE ENCUENTROS A ELEVADA VELOCIDAD (HVR)

Hasta 2006, los datos recopilados en programas de seguimiento del ACAS siguen indicando que un gran porcentaje de los RA del ACAS son el resultado de aeronaves en ascenso o descenso que mantienen una alta velocidad vertical al aproximarse a la altitud asignada por el ATC. Se han hecho cambios en los SARPS y textos de orientación sobre el ACAS (véase el Anexo 10, Volumen I) que han reducido la frecuencia de estos tipos de RA, pero éstos siguen ocurriendo con mucha regularidad en el espacio aéreo en todo el mundo. Se ha determinado que no es factible hacer otros cambios en el ACAS para resolver este problema sin menoscabar de manera inaceptable la seguridad operacional que ofrece este sistema.

Las aeronaves modernas y sus sistemas de guía de vuelo (pilotos automáticos, sistemas de gestión de vuelo y aceleradores automáticos) están diseñados para perfiles de vuelo específicos que proporcionan trayectorias de vuelo eficientes en combustible y tiempo. Un concepto integral del diseño de los sistemas de guía de vuelo permite, entre otras cosas, que la aeronave ascienda rápidamente a altitudes de vuelo mayores y más eficientes y permanezca a esas altitudes el mayor tiempo posible, lo cual da como resultado que los descensos también se realicen a alta velocidad vertical. Para obtener beneficios económicos, las altas velocidades verticales de ascenso o descenso se conservan lo más posible antes de alcanzar suavemente la altitud asignada de la aeronave.

El diseño de los sistemas de guía de vuelo puede dar velocidades verticales de más de 15 m/s (o 3 000 ft/min) hasta que la aeronave llegue a 150 m (o 500 ft) de su altitud asignada. Cuando una aeronave en ascenso o descenso mantiene una velocidad vertical de más de 15 m/s (o 3 000 ft/min) hasta llegar a 150 m (o 500 ft) de su altitud asignada, está a menos de 30 segundos de la altitud IFR adyacente, que puede estar ocupada por una aeronave equipada con ACAS en vuelo horizontal a esa altitud. Si la aeronave intrusa está horizontalmente dentro del área protegida proporcionada por el ACAS, es muy probable que se emita un RA contra la aeronave en ascenso o descenso exactamente en el momento en que la aeronave intrusa comienza a reducir su velocidad vertical para alcanzar la altitud asignada.

La Figura III-3-3-B-1 representa la geometría del encuentro en este ejemplo. El ACAS emite, normalmente, un RA de ascenso, que exige un ascenso a 8 m/s (o 1 500 ft/min). Dependiendo de la altitud de la aeronave en vuelo horizontal, este RA se expedirá, típicamente, cuando la aeronave intrusa está a unos 150 m (o 500 ft) por debajo de su altitud asignada y su velocidad vertical es mayor que 15 m/s (o 3 000 ft/min).

El ACAS de la aeronave en vuelo horizontal rastrea una aeronave (intrusa) en ascenso o descenso y utiliza las respuestas a sus interrogaciones para determinar la altitud y velocidad vertical de la aeronave intrusa. El rastreo ACAS se actualiza cada segundo. La información sobre la trayectoria de la aeronave intrusa, junto con la de la aeronave ACAS (aeronave propia) en vuelo horizontal, se utiliza en el ACAS para determinar si la aeronave intrusa representa actualmente, o en el futuro próximo, una amenaza.

Para determinar si la aeronave intrusa representará una amenaza, el ACAS proyecta la velocidad vertical actual de esa aeronave y la de la propia aeronave para calcular la separación vertical que habrá en el punto de mayor aproximación horizontal durante el encuentro. En estas proyecciones se usa la velocidad vertical actual de las dos aeronaves y el ACAS desconoce la intención de la aeronave intrusa de volar horizontalmente a una altitud adyacente por encima o por debajo de la altitud actual de la propia aeronave. Si esta proyección es menor que la separación vertical deseable del ACAS, se emitirá un RA.

Si la aeronave intrusa sigue ascendiendo o descendiendo a alta velocidad vertical hasta faltar de 15 a 25 segundos para alcanzar la misma altitud de la aeronave ACAS en vuelo horizontal (también dependiendo de la altitud de la aeronave ACAS), el ACAS emitirá un RA exigiendo a la aeronave propia que maniobre para aumentar la separación vertical respecto de la aeronave intrusa.


REPERCUSIONES OPERACIONALES DE LOS RA RESULTANTES DE ENCUENTROS HVR

Poco después de que el ACAS emite el RA (RA de ascenso para la geometría del encuentro que se ilustra en la Figura III-3-3-B-1), la aeronave intrusa comienza a reducir su velocidad vertical para alcanzar su altitud asignada.

Mientras la aeronave intrusa comienza a nivelar su altura, la aeronave ACAS ha empezado a responder a su RA y es posible que haya abandonado su altitud asignada. Ambos pilotos y los controladores están de acuerdo en que los RA emitidos para esta geometría de encuentro son inoportunos. Los RA pueden perturbar el flujo y los planes de tránsito actuales del controlador y, por lo tanto, aumentan su carga de trabajo. La respuesta al RA también puede implicar la pérdida de la separación ATC normal, si hay otra aeronave por encima de la aeronave ACAS.

Los pilotos han informado que estos tipos de RA reducen su confianza en el funcionamiento del ACAS. Estos RA ocurren, típicamente, en forma repetida en la misma zona geográfica y la repetición de RA de este tipo hace que los pilotos estén renuentes a obedecer el RA. Esto representa un peligro potencial si la aeronave intrusa pasa por su altitud asignada.

FRECUENCIA DE LOS AVISOS

Al estudiar el ACAS se observa que la frecuencia de los avisos depende de la forma en que se estructura y maneja el espacio aéreo. Los datos recopilados durante 2001 indican que hasta un 70% de los RA son emitidos porque la aeronave intrusa mantiene una alta velocidad vertical al aproximarse a su altitud asignada. Dependiendo de la estructura del espacio aéreo y de la afluencia del tránsito, pueden emitirse varios de estos RA en una hora, aunque el espacio aéreo de baja densidad de tránsito tendrá relativamente pocos RA de este tipo. Algunos proveedores de servicios de tránsito aéreo han podido cambiar su afluencia del tránsito y/o procedimientos operacionales para reducir estos tipos de RA; pero siguen ocurriendo con mucha regularidad en el espacio aéreo de todo el mundo.
Se han observado RA a HVR en espacio aéreo tanto terminal como en ruta; sin embargo, debido a la mayor separación vertical que había por encima del FL 290 en el espacio aéreo sin RVSM, antes se producían muy pocos RA de este tipo por encima del FL 290. Con la separación actual reducida, es posible que los RA a HVR ocurran con mayor frecuencia por encima del FL 290 en espacio aéreo sin RVSM. Muchos de los RA a HVR ocurren muy cerca de los aeropuertos grandes en donde las salidas se mantienen por debajo de las aeronaves que llegan hasta cierta distancia del aeropuerto, antes de permitirles ascender a altitudes mayores y un gran porcentaje de estos RA ocurre en zonas geográficas donde se concentran aeronaves en ascenso y descenso.

CARACTERÍSTICAS DEL ACAS QUE REDUCEN LA PROBABILIDAD
DE EMISIÓN DE RA EN LAS SITUACIONES DESCRITAS

El ACAS reconoce encuentros HVR como el que se ilustra en la Figura III-3-3-B-1. Cuando se detecta esta geometría de encuentro, la emisión de RA puede retardarse hasta 10 segundos. Este retraso da tiempo adicional para que la aeronave intrusa inicie su nivelación de altura y para que el ACAS detecte esta nivelación. Sin embargo, cuando la aeronave intrusa mantiene una velocidad vertical de más de 15 m/s (o 3 000 ft/min) hasta encontrarse a 150 m (o 500 ft) de su altitud asignada, esos 10 segundos de retraso pueden ser insuficientes para que el ACAS detecte la nivelación de altura y es posible que se emita un RA. Los estudios sobre seguridad operacional han mostrado que retrasos mayores en la emisión de RA menoscaban de manera inaceptable la seguridad operacional que ofrece el ACAS.

También se ha considerado proporcionar al ACAS información sobre la intención de la aeronave intrusa. Sin embargo se considera que éste sea un enfoque viable para reducir estos tipos de RA y mantener, al mismo tiempo, el nivel actual de seguridad operacional que ofrece el ACAS. Hasta ahora, no ha sido posible identificar ningún cambio adicional del ACAS que reduzca más la frecuencia de estos RA que son potencialmente perturbadores.

PROCEDIMIENTOS ESPECIFICADOS POR LOS EXPLOTADORES

Debido a los efectos de estos tipos de RA en los pilotos y los controladores, su persistencia y las limitaciones para hacer otras modificaciones ACAS, los explotadores deberían especificar procedimientos mediante los cuales una aeronave en ascenso o descenso a una altitud o nivel de vuelo asignados, cuando se use piloto automático, pueda realizar dicho ascenso o descenso a una velocidad menor que 8 m/s (o 1 500 ft/min) dentro de los 300 m (o 1 000 ft) del nivel asignado. Estos cambios de procedimientos deberían proporcionar un beneficio operacional inmediato tanto a los pilotos como a los controladores al reducir los RA a HVR.

La implantación de dichos procedimientos no eliminará completamente estos RA, pero a falta de otras soluciones, como el rediseñar el espacio aéreo, su aplicación reducirá la frecuencia de estos RA inconvenientes hasta que se encuentre una solución técnica. Entre las opciones que los explotadores deberían considerar figuran realizar todo el ascenso o descenso a una velocidad preseleccionada, modificar el ascenso o descenso en la última etapa y emplear en el espacio aéreo inferior un empuje ascensional menos económico.

Un procedimiento recomendado sería requerir que una aeronave en ascenso o descenso ajuste su velocidad vertical cuando se aproxima a una altitud o nivel de vuelo asignado y cuando el piloto sabe que hay una aeronave en vuelo a una altitud o nivel de vuelo adyacente o aproximándose a dicha altitud o nivel. La tripulación puede enterarse de la presencia de esa aeronave de diferentes maneras, incluida la información proporcionada por un controlador de tránsito aéreo, un TA del ACAS o por percepción visual. Cuando la tripulación de una aeronave intrusa se entera de que hay otra aeronave a una altitud o nivel de vuelo adyacente o aproximándose a dicha altitud o nivel, se recomienda que la velocidad vertical de la aeronave intrusa se reduzca a menos de 8 m/s (o 1 500 ft/min) al aproximarse a una altitud de 300 m (o 1 000 ft) por encima o por debajo de la altitud o nivel de vuelo asignado.

Nota. — En esta recomendación no se pretende exigir que se modifique la velocidad vertical en cada nivelación de altura. Esto no es necesario y aumentaría considerablemente la carga de trabajo del piloto.

Cuando el piloto automático está en modo de captación de altitud, es posible que cambios de modo en sentido vertical subsiguientes tales como la selección de un modo de velocidad vertical, hagan que algunos pilotos automáticos cancelen la captación de altitud o no capten correctamente la altitud seleccionada. Las desviaciones de altitud representan un porcentaje importante de las desviaciones del piloto y durante toda captación de altitud debería vigilarse estrechamente el funcionamiento del piloto automático de acuerdo con los procedimientos existentes.

Es posible que se requieran tareas adicionales durante algunas maniobras de nivelación de altura. No obstante, el procedimiento es una recomendación y no un requisito. Además, el procedimiento no propone ajustes en la velocidad vertical de la aeronave, a menos que el piloto sepa que hay tránsito a una altitud adyacente.

El explotador debería especificar, de la manera que resulte apropiada para el tipo de aeronave, los procedimientos que el piloto puede utilizar para reducir la velocidad vertical cuando se usa el piloto automático. También, el explotador debería considerar autorizar a los pilotos a que utilicen una velocidad vertical moderada durante un ascenso o descenso cuando el intervalo vertical no sea grande — como en un cambio de altitud en un circuito de espera — especificando la manera en que esto debería realizarse.



Fuente: Documento 8168 Volumen 1, Operación de Aeronaves, Procedimientos de Vuelo. OACI. 








FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO DEL SISTEMA ANTICOLISIÓN DE A BORDO (ACAS)

PARTE-2


ASPECTOS GENERALES DEL ACAS

La información que proporciona el ACAS tiene el propósito de ayudar a los pilotos a operar en forma segura las aeronaves, al proporcionar asesoramiento sobre las medidas apropiadas para reducir el riesgo de colisión. Esto se logra mediante avisos de resolución (RA), que proponen maniobras, y avisos de tránsito (TA), para ayudar en la percepción visual del tránsito y alertar respecto a la posibilidad de que se produzca un RA. Los TA indican las posiciones aproximadas de aeronaves intrusas que más tarde podrían ocasionar avisos de resolución. Los RA proponen maniobras verticales que se prevén para aumentar o mantener la separación respecto de la aeronave que amenaza. El equipo ACAS I sólo puede proporcionar TA, mientras que el ACAS II puede proporcionar TA y RA. En este capítulo, toda mención del ACAS se refiere al ACAS II.

Los pilotos utilizarán las indicaciones del ACAS para evitar posibles colisiones, mejorar su conocimiento de la situación y buscar y captar visualmente el tránsito con el que puedan entrar en conflicto.

En los procedimientos especificados en ‘’USO DE LOS INDICADORES DEL ACAS’’ no se incluirá nada que impida al piloto al mando decidir según su mejor juicio y ejercer plena autoridad para elegir las acciones que juzgue más conducentes a resolver un conflicto de tránsito o prevenir una posible colisión.

Nota 1. — La capacidad del ACAS de desempeñar su función de ayuda a los pilotos para evitar las posibles colisiones depende de la respuesta correcta y oportuna de los pilotos a las indicaciones del ACAS. La experiencia operacional ha demostrado que la respuesta correcta de los pilotos depende de la eficacia de la instrucción inicial y periódica sobre procedimientos ACAS.

Nota 2. — El modo normal de funcionamiento del ACAS es TA/RA. El modo de operación TA únicamente se utiliza en ciertas condiciones de limitación de la performance de la aeronave causadas por fallas en vuelo o bien de la manera promulgada por las autoridades competentes.

Nota 3. — Las directrices de instrucción ACAS para pilotos figuran en el Adjunto “Directrices de instrucción sobre el ACAS para pilotos”.


USO DE LOS INDICADORES DEL ACAS

Los pilotos utilizarán las indicaciones generadas por el ACAS de conformidad con las consideraciones de seguridad operacional siguientes:

a)    los pilotos no realizarán ninguna maniobra con sus aeronaves por el único motivo de responder a avisos de tránsito (TA);

Nota 1. — El objetivo de los TA es alertar a los pilotos respecto a la posibilidad de un aviso de resolución (RA), aumentar su conocimiento de la situación y ayudar a la adquisición visual del tránsito con el que puedan entrar en conflicto. No obstante, es posible que el tránsito adquirido visualmente no sea el mismo que produce un TA. La percepción visual de un encuentro puede interpretarse erróneamente, en particular de noche.

Nota 2. — La restricción mencionada respecto al uso de los TA se debe al hecho de que la precisión de marcación es limitada y a la dificultad de interpretar un cambio de altitud a partir de la información sobre el tránsito presentada en la pantalla.

b)    después de recibir un TA, los pilotos utilizarán toda la información disponible a fin de prepararse para adoptar las medidas apropiadas en caso de que se produzca un RA; y

c)    en caso de un RA, los pilotos:

1)    responderán inmediatamente siguiendo lo indicado en el RA, a menos que por ello se ponga en peligro la seguridad operacional de la aeronave;

Nota 1. — Las alertas del sistema de aviso de pérdida, de cizalladura del viento y de aviso de la proximidad del terreno tienen prioridad sobre el ACAS.

Nota 2. — El tránsito adquirido visualmente podría no ser el mismo tránsito que ocasiona el RA. La percepción visual de un encuentro puede interpretarse erróneamente, en particular de noche.

2)    seguirán las instrucciones del RA aun si existe un conflicto entre el RA y la instrucción de maniobra del control del tránsito aéreo (ATC);

3)    no ejecutarán maniobras en sentido contrario a un RA;

Nota. — En el caso de un encuentro coordinado ACAS-ACAS, los RA se complementan entre sí a fin de reducir la posibilidad de colisión. Las maniobras, o la ausencia de maniobras, que den como resultado velocidades verticales contrarias al sentido del RA, pueden traducirse en una colisión con la aeronave intrusa.

4)    tan pronto como sea posible, en la medida que lo permita la carga de trabajo de la tripulación de vuelo, notificarán a la dependencia ATC apropiada sobre cualquier RA que exija una desviación respecto de la instrucción o autorización de control de tránsito aéreo vigente;

Nota. — Salvo si el piloto informa, el ATC no sabe cuando el ACAS expide RA. Es posible que el ATC expida instrucciones que son inconscientemente contrarias a las indicaciones del RA del ACAS. En consecuencia, es importante notificar al ATC cuando no se siguen las instrucciones o autorizaciones ATC porque puede haber conflicto con un RA.

5)    enseguida cumplirán con cualquier RA modificado;

6)    limitarán las alteraciones de la trayectoria de vuelo al mínimo necesario para cumplir con los avisos de resolución RA;

7)    prontamente volverán a atenerse a los términos de la instrucción o autorización del ATC al resolverse el conflicto; y

8)    notificarán al ATC al volver a los términos de la autorización vigente.

Nota. — Los procedimientos con respecto a las aeronaves dotadas de equipo ACAS y la fraseología que se utilizará para la notificación de maniobras en cumplimiento de un aviso de resolución figuran en los PANS-ATM (Doc. 4444), Capítulos 15 y 12 respectivamente.

SISTEMA ANTICOLISIÓN DE A BORDO (ACAS)


PARTE-1

Sistema de aeronave basado en señales de transpondedor del radar secundario de vigilancia (SSR) que funciona independientemente del equipo instalado en tierra para proporcionar aviso al piloto sobre posibles conflictos entre aeronaves dotadas de transpondedor SSR.

Diferencia entre ACAS y TCAS

Nota-1: El ACAS (Airborne Collision Avoidance System) es el estándar de sistema anticolisión de a bordo denominado por la OACI. Es decir, es la norma que determina los parámetros de este sistema que tiene que llevar una aeronave en función de sus especificaciones particulares (tamaño, peso, pasajeros...), ahora el TCAS (Traffic Alert and Collision Avoidance System).

Nota-2: TCAS o Sistema de alerta de tráfico y evasión de colisión (siglas en inglés de Traffic alert and Collision Avoidance System), es un sistema embarcado que prevé posibles colisiones entre diferentes aeronaves y funciona independientemente a los servicios de tránsito aéreo. Este dispositivo fue diseñado en los Estados Unidos en la década de los '80, surgiendo de las investigaciones desde los años '50 para evitar colisiones entre aeronaves medianas. Se basa en el estándar de OACI llamado ACAS (Airborne Collision Avoidance System).



ABREVIATURAS Y ACRONIMOS

ACAS = Airborne Collision Avoidance System

TCAS = Traffic alert and Collision Avoidance System

RA = Avisos de Resolución – Resolution Advisory

TA = Avisos de Tránsito – Traffic Advisory


viernes, 20 de julio de 2012

INFORMACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE AUMENTACIÓN BASADO EN SATÉLITES (SBAS)

Introducción. 


El SBAS aumenta las constelaciones principales de satélites (GPS,GLONASS, GALILEO etc) proporcionando información de distancia, integridad y corrección (correccion diferencial en tiempo real) mediante satélites geoestacionarios. El sistema comprende una red de estaciones terrestres de referencia, que observan las señales de los satélites, y estaciones principales que procesan los datos observados y generan mensajes SBAS para su enlace ascendente hacia los satélites geoestacionarios que radiodifunden mensajes SBAS a los usuarios.

Al proporcionar señales telemétricas adicionales mediante los satélites geoestacionarios y mejor información sobre integridad para cada satélite de navegación, el SBAS ofrece una disponibilidad de servicio considerablemente superior a aquella de las constelaciones básicas de satélite.


http://www.faa.gov/about/office_org/headquarters_offices/ato/service_units/techops/navservices/gnss/waas/

Áreas de cobertura y de servicio SBAS.

Es importante distinguir entre las áreas de cobertura y las áreas de servicios SBAS. El área de cobertura SBAS está definida por las zonas de proyección de los satélites geoestacionarios. Dentro de un área de cobertura SBAS, el Estado puede establecer un área de servicio para un SBAS particular. El Estado es responsable de la designación de los tipos de operaciones a las que puede prestarse apoyo en un área de servicio específica. Puede haber superposición de diferentes áreas de servicio SBAS. Cuando esto ocurre y se dispone de un bloque de datos FAS, éste establece el proveedor de servicios SBAS que puede utilizarse para las operaciones de aproximación con niveles de actuación para APV I y II del GNSS. Las normas para el receptor imponen que estas aproximaciones no pueden realizarse usando datos de más de un proveedor de servicio SBAS, pero es posible en estos casos cancelar la selección. Cuando no se cuenta con un bloque de datos FAS, los requisitos mínimos del equipo de aviónica permiten utilizar cualquiera de los proveedores de servicios SBAS y combinar la información que procede de más de un proveedor de servicio SBAS para operaciones en ruta, de terminal y procedimientos de aproximación LNAV.

Área de cobertura SBAS. 
La aviónica SBAS debería funcionar en el área de cobertura de cualquier SBAS. Los Estados o regiones deberían efectuar la coordinación por medio de la OACI para asegurar que el SBAS ofrezca cobertura mundial sin discontinuidad y que la aeronave no sea objeto de restricciones operacionales. Si el Estado no aprueba la utilización de algunas o todas las señales SBAS para las operaciones en ruta, de terminal o de aproximación LNAV SBAS, los pilotos tendrían que cancelar totalmente el GNSS, ya que las normas del receptor no permiten cancelar la selección de un SBAS en particular para estas operaciones. Se supone que en el área de cobertura no se desarrollan operaciones APV I o II, salvo que se trate de áreas de servicio específicamente designadas.


Área de servicio SBAS. 

Cerca del borde del área de servicio SBAS, pueden producirse varias interrupciones de la guía vertical diariamente en un lugar específico. Aunque estas interrupciones son de corta duración, pueden sobrecargar totalmente el sistema NOTAM. En consecuencia, el Estado puede definir áreas de servicio SBAS diferentes para los distintos niveles de servicios SBAS. Los requisitos de servicio en ruta SBAS son mucho menos exigentes que los del servicio de aproximación con guía vertical SBAS.




Consideraciones operacionales SBAS. Un elemento fundamental para ofrecer capacidad de aproximación precisa y de alta integridad con el SBAS es la corrección de la demora de la señal ocasionada por la ionosfera.
Esto requiere una red relativamente densa de estaciones de referencia para medir las características ionosféricas y proporcionar información a la estación principal SBAS.

Certificación de aviónica SBAS. Se han preparado requisitos de certificación de aviónica SBAS (RTCADO-229D) y se basan en el Anexo 10. Como mínimo, los sensores SBAS de a bordo deben tener capacidad para funcionar dentro del volumen de cobertura de cualquier SBAS.

CONDICIONES SBAS NORMALIZADAS

Salida. Para realizar los procedimientos de salida RNAV GNSS existentes pueden utilizarse todas las clases de aviónica SBAS. La escala de la presentación en pantalla y las transiciones de modo son equivalentes a las del GNSS básico. El SBAS cumple o supera los requisitos de precisión, integridad, disponibilidad y continuidad del GNSS básico para salida con GNSS básico.

Procedimiento de salida. Se seleccionará todo el procedimiento de salida a partir de la base de datos de a bordo. No está autorizado que el piloto realice la entrada de datos del procedimiento de salida. Cuando no pueden satisfacerse los requisitos de integridad para respaldar la operación de salida SBAS, el receptor SBAS anunciará que no se dispone del procedimiento.

Salida en línea recta. Desde el DER hasta el punto de iniciación del primer punto de recurrido en el procedimiento de salida, el receptor SBAS proporciona una deflexión máxima nominal (FSD Full-scale deflection ) de 0,3 NM. Pueden aceptarse valores FSD más elevados con aumentaciones, tales como piloto automático, que pueden controlar el error técnico de vuelo (FTE).

Reversión al modo de funcionamiento de terminal. En el punto de iniciación del viraje del primer punto de recorrido en el procedimiento de salida, el receptor SBAS retornará al modo de funcionamiento de terminal hasta que el último punto de recorrido del procedimiento de salida esté en secuencia. En el modo de terminal, la FSD nominal es 1 NM y el límite de alerta horizontal es 1 NM. Después de que el último punto de recorrido del procedimiento de salida esté en secuencia, el receptor SBAS proporcionará la escala de presentación en pantalla y la integridad en ruta.

Llegada. Los requisitos de actuación del SBAS en la fase de llegada son los mismos que para el GNSS básico. Véase la Sección 3, Capítulo 1.

Aproximación
Performance de aproximación por sensor SBAS. En las normas de aviónica SBAS se establecen tres niveles de performance de aproximación.

a) LPV;
b) LNAV/VNAV; y
c) LNAV.

Nota 1.— LNAV puede ser un modo de reversión automática ante la pérdida de LPV.

Nota 2.— Performance LPV sólo con receptores de Clases 3 y 4, de conformidad con la norma RTCA DO-229D, Minimum Operational Performance Standards for Global Positioning System/Wide Area Augmentation System Airborne Equipment.

Precisión e integridad SBAS. La aviónica SBAS calcula con exactitud la posición y garantiza la integridad en la posición calculada para un tipo determinado de operación de aproximación.

Integridad. El nivel de integridad necesario para cada uno de estos tipos de aproximación se establece mediante límites de alerta horizontal y vertical específicos denominados HAL y VAL. Estos límites son análogos a los límites de vigilancia para ILS. Los límites de alerta forman la región de error máximo que se abarcará para cumplir con los requisitos de integridad para un tipo de aproximación determinado.

La aviónica SBAS asegura la integridad en la posición calculada para un tipo de aproximación determinado calculando continuamente el nivel de protección horizontal y vertical (HPL y VPL) y comparando los valores calculados con HAL y VAL respectivamente. Cuando el HPL o el VPL exceden los límites de alerta específicos, HAL o VAL, para un tipo determinado de operación de aproximación, se alerta al piloto indicándole que suspenda la operación en curso. El piloto recibe únicamente la alerta y no se requiere que compruebe VPL y HPL.

Aproximación frustrada

Generalidades. El SBAS proporciona orientación en el tramo de aproximación frustrada. La activación de la orientación de aproximación frustrada generalmente se produce en un período de gran volumen de trabajo del piloto.

Las normas de aviónica SBAS, descritas en RTCA DO-229D, han mejorado significativamente la interfaz piloto/aviónica para la activación de la guía de aproximación frustrada, en comparación con las normas de aviónica del GNSS básico. Los requisitos de performance mínima operacional de la aviónica SBAS especifican mucho más normalización en la interfaz piloto/aviónica que las actuales especificaciones para la aviónica del GNSS básico. Con esta normalización, y otros requisitos de aproximación frustrada con aviónica SBAS, los pilotos podrán iniciar de manera más eficiente y fácil la secuencia hacia el tramo de aproximación frustrada.

Secuencia de aproximación frustrada

El piloto físicamente inicia la aproximación frustrada empezando el encabritamiento. Iniciación en el análisis siguiente se refiere al momento en que el piloto toma las medidas requeridas para ordenar en secuencia los modos de presentación de guía y transición y de integridad de la aviónica para el tramo de aproximación frustrada. En las aproximaciones frustradas, la aviónica SBAS desempeña como mínimo tres funciones basadas en la secuencia de la aproximación frustrada. Estas funciones son:

a) la transición de la guía a la guía de aproximación frustrada para el procedimiento de aproximación seleccionado después de poner en secuencia el MAPt;

b) la transición de la FSD lateral a 0,3 NM o bien 1,0 NM dependiendo del tipo de tramo inicial y alineamiento del tramo en el procedimiento de aproximación frustrada; y

c) la transición del modo de integridad (HAL) a NPA o de terminal dependiendo del tipo de tramo inicial y del alineamiento en el procedimiento de aproximación frustrada.

Con la aviónica SBAS, es posible iniciar aproximaciones frustradas en cuatro condiciones diferentes.

Las condiciones son:

a) el piloto inicia la secuencia de aproximación frustrada antes de llegar al punto de umbral del aterrizaje/punto de umbral ficticio (LTP/FTP);

b) el piloto inicia la secuencia de aproximación frustrada después del LTP/FTP pero antes del extremo de salida de la pista (DER) (Extremo de salida de la pista);

c) el piloto no inicia la secuencia de aproximación frustrada antes de alcanzar el DER. En este caso, la aviónica iniciará automáticamente la aproximación frustrada; y

d) el piloto cancela el modo de aproximación antes del LTP (Punto del umbral de aterrizaje) /FTP (Punto de umbral ficticio).

FSD de aproximación frustrada. El valor de la FSD (Deflexión máxima) de aproximación frustrada puede variar en las dos situaciones siguientes:

a) Cuando el primer tramo en el procedimiento de aproximación frustrada es un tramo de derrota a punto de referencia (TF) alineado dentro de 3º del rumbo de aproximación final, la FSD cambia a 0,3 NM y la integridad cambia al modo NPA. Se mantienen en este estado hasta el punto de iniciación del viraje para el primer punto de recorrido en el procedimiento de aproximación frustrada. En este punto, la FSD cambia a 1,0 NM y la integridad al modo de terminal. El punto de iniciación del viraje está asociado a puntos de recorrido de paso. Se denomina punto de iniciación del viraje al punto en que se inicia la secuencia hacia el próximo tramo. Este punto no es fijo. Está determinado por la aviónica basándose en diversos factores entre los que se incluyen:

1) error del seguimiento en curso;
2) velocidad respecto al suelo;
3) condiciones del viento; y
4) cambio de derrota entre tramos.
b) Cuando el primer tramo no está alineado con un tramo TF dentro de 3º del rumbo de aproximación final, al iniciarse la aproximación frustrada, la FSD cambia a 1,0 NM y la integridad a modo de terminal

FUNCIONALIDAD DE LA AVIÓNICA

Clasificación y capacidad del equipo de aviónica SBAS. Hay cuatro clases de equipo de aviónica SBAS. Las distintas clases de equipo tienen diferente capacidad de actuación. La capacidad de actuación mínima corresponde al equipo de Clase I.

Clase I: Este equipo respalda las operaciones en ruta, de terminal y de aproximación LNAV.

Clase II: El equipo SBAS respalda las operaciones de capacidad de Clase I y de aproximación LNAV/VNAV.

Clases III y IV: El equipo respalda la capacidad de equipo SBAS de Clase II y las operaciones de aproximación LPV.

Nota. — Los términos APV-I y APV-II se refieren a dos niveles de operaciones de aproximación y aterrizaje GNSS con vía vertical y no deben utilizarse en las cartas de las líneas de mínimos. Con ese fin se aplica el término LPV para alineación con los requisitos de anuncio de aviónica SBAS (véase el Anexo 10, Volumen I, Nota 9 de la Tabla 3.7.2.4-1
“Requisitos de actuación de la señal en el espacio”).

Bloque de datos del tramo de aproximación final (FAS). La base de datos APV con SBAS incluye un bloque de datos FAS. La información del bloque de datos FAS está protegida con alta integridad mediante verificación por redundancia cíclica.

Requisitos de anuncios del equipo de aviónica SBAS

El equipo de aviónica debe anunciar el nivel de servicio más preciso que permite la combinación de las señales SBAS, el receptor y la aproximación seleccionada, mediante convenciones para asignación de nombres de las líneas de mínimos del procedimiento de aproximación seleccionado. Este anuncio depende de:

a) la capacidad del equipo de aviónica con respecto a la capacidad del equipo SBAS;

b) la actuación de la señal en el espacio SBAS lograda mediante la comparación del VPL y el HPL con el VAL y el HAL requeridos para el procedimiento; y

c) la disponibilidad del procedimiento publicado que se identifica en la base de datos.

Basándose en los tres factores de anteriores

a) si se publica una aproximación con una línea de mínimos LPV y el receptor está certificado únicamente para LNAV/VNAV, el equipo indicaría “LPV no disponible — utilizar mínimos LNAV/VNAV”, aun cuando la señal SBAS permitiría LPV;

b) si se publica una aproximación sin línea de mínimos LPV, incluso si el receptor está certificado para LPV y la señal en el espacio SBAS permite LPV, el receptor notificará al piloto “LNAV/VNAV disponible” o bien
“LNAV disponible”; y

c) si la señal SBAS no tiene capacidad para las líneas de mínimos publicados para cuyo cumplimiento el receptor está certificado, el receptor notificará al piloto con un mensaje del tipo “LPV no disponible — usar mínimos LNAV/VNAV” o “LPV no disponible — usar mínimos LNAV”.

Requisitos de presentación lateral de la aproximación para mínimos LPV. La aviónica SBAS permite cumplir con el procedimiento RNAV completo y también funcionar en un modo de vector a final (VTF). Los requisitos de escala de la presentación lateral son diferentes para los distintos modos de operación. La deflexión máxima (FSD) se define con la información contenida en el bloque de datos FAS. La escala lateral equivale a la escala de presentación lateral ILS. Nominalmente, la anchura de rumbo máxima en el umbral es +/-105 m.

En el acercamiento, después de pasar el umbral de aterrizaje, la FSD puede, como opción, permanecer constante en la FSD de umbral (nominalmente 105 m) hasta que se active la aproximación frustrada o la aeronave haya pasado el extremo de salida de la pista (DER).

Realización del procedimiento completo. Esta presentación angular se mantiene desde el umbral hasta el FAF o en el punto en que la FSD = 0,3 NM, lo que ocurra primero. En el FAF, la FSD aumenta linealmente hasta FDS = 1,0 NM, 2 NM después del FAF.

Operaciones vector a final (VTF). En el modo VTF, la presentación angular es igual a la descrita anteriormente, salvo que la divergencia angular continúa hasta el FSD = 1,0 NM independientemente de la longitud del FAS. Después de este punto la FSD se mantiene constante a 1,0 NM.

Requisitos de presentación vertical de la aproximación para mínimos LPV. La FSD es +/-ángulo de trayectoria de planeo/4. La guía vertical se origina en el punto de intersección de la trayectoria de planeo (GPIP).

El GPIP se encuentra en la intersección de la trayectoria de planeo y el plano horizontal formado por el FPAP y el LTP/FTP. Cerca del umbral, cuando el desplazamiento angular máximo es igual a 15 m, la FSD se hace lineal en +/-15 m desde ese punto al GPIP. La guía vertical se señala con bandera una vez que la aeronave pasa el GPIP o se inicia una aproximación frustrada.

Cuando el desplazamiento angular máximo es igual a 150 m, la FSD se hace lineal a +/-150 m en ese punto y a distancias más grandes a partir del umbral. La guía vertical se señala con bandera cuando la aeronave está fuera de un sector a +/-35º del rumbo de aproximación final que se origina en el punto de referencia de azimut GNSS.

Requisitos de presentación de la aproximación cuando se cumplen los mínimos LNAV/VNAV y LNAV con SBAS. Las presentaciones pueden ser angulares, como se describen en Requisitos de presentación lateral de la aproximación para mínimos LPV, o lineales. Cuando se utiliza escala de  presentación lineal lateral, ésta coincide con los requisitos de presentación del GNSS básico. La escala vertical se describe en Requisitos de presentación vertical de la aproximación para mínimos LPV, excepto que la FSD mínima puede ser, como opción, de +/-45 m (150 ft) para los procedimientos LNAV/VNAV. En los casos en que no se proporciona el bloque de datos FAS, pero el SBAS ofrece guía vertical (LNAV/VNAV con SBAS) y se está utilizando guía angular, la presentación angular máxima lateral se fija de manera constante a 2º independientemente de la longitud de la pista.

Fuente: Documento 8168 Operación de Aeronaves, Volumen I, Procedimientos de Vuelo. (Paginas electrónicas 212 a 216)

Explicación términos

Límite de alerta. Margen de tolerancia de error que no debe excederse en la medición de determinado parámetro sin que se expida una alerta.

Tiempo hasta alerta. Tiempo máximo admisible que transcurre desde que el sistema de navegación empieza a estar fuera de su margen de tolerancia hasta que se anuncia la alerta por parte del equipo.

Fuente: Anexo 10 volumen  I

HPL Horizontal protection level
LPV Localizer performance with vertical guidance
LTP Landing threshold point



jueves, 19 de julio de 2012

INFORMACIÓN GENERAL DEL GNSS BÁSICO

PARTE-4

ESPECIFICACIONES DEL RECEPTOR DEL GNSS BÁSICO

El término “receptor del GNSS básico” se acuñó para describir la primera generación de receptores del GNSS que satisfacen como mínimo las normas RTCA DO 208, SC-181 y JAA TGL 3, y las normas de certificación IFR equivalentes, por ejemplo la norma TSO-C129.

En estos documentos se especifica la norma de performance mínima que deben satisfacer los receptores del GNSS para cumplir con los procedimientos en ruta, de área terminal y de aproximación que no es de precisión elaborado específicamente para el GNSS.

El requisito principal de estas normas es que el receptor del GNSS tenga incorporada las siguientes funciones:

1. rutinas de vigilancia de la integridad, por ejemplo, vigilancia autónoma de la integridad en el receptor RAIM;

2. anticipación del viraje; y

3. capacidad para procedimientos recuperados a partir de la base de datos de navegación electrónica de lectura solamente.


Fuente: Documento 8168 Operación de Aeronaves, Volumen I, Procedimientos de Vuelo. (Paginas electrónicas 200 a 210)



PROCEDIMIENTOS DE VUELO

PARTE - 3

Establecimiento

Antes de entrar en la TAA, el piloto debe determinar si la aeronave se encuentra dentro de los límites de la TAA por medio de la selección del IAF correspondiente y midiendo la marcación y la distancia de la aeronave al IAF. Esta marcación debería entonces compararse con las marcaciones publicadas que definen los límites laterales de la TAA.
Esto es decisivo al aproximarse a la TAA cercana a los límites prolongados entre las áreas de base izquierda y de base derecha, especialmente cuando las TAA están en diferentes niveles.
Maniobra

Se puede maniobrar con una aeronave en la TAA a condición de que la trayectoria de vuelo se mantenga dentro de los límites de la TAA por referencia a las marcaciones y distancias al IAF.

Transición entre las TAA

Una aeronave puede pasar de una TAA a otra siempre que no descienda o haya ascendido hacia la próxima TAA antes de cruzar el límite entre ellas. Al pasar a otra TAA, los pilotos deben tener cuidado y asegurarse de que se hace referencia al IAF correcto y de que la aeronave se mantiene dentro de los límites de ambas TAA.

Entrada al procedimiento

Una aeronave situada dentro de un área TAA puede entrar al procedimiento de aproximación correspondiente en el IAF sin llevar a cabo un viraje reglamentario, a condición de que el ángulo de viraje en el IAF no exceda los 110º. En la mayor parte de los casos el diseño de la TAA no exigirá un viraje superior a 110º, a menos que la aeronave esté ubicada cerca del tramo intermedio o esté en la transición de una TAA a otra. En dichos casos, la aeronave se puede maniobrar con la TAA para situarla en una derrota antes de la llegada al IAF que no requiera un viraje reglamentario
Nota. — El requisito de 110º máximo asegura que la longitud del tramo del procedimiento de aproximación es adecuado para proporcionar anticipación para el viraje y permitir interceptar el tramo siguiente a la mayor velocidad aerodinámica permitida en el procedimiento.



Procedimientos de inversión

Cuando no se puede entrar en el procedimiento con un viraje en el IAF inferior a 110º, deberá realizarse un procedimiento de inversión.

Espera

El procedimiento de espera en hipódromo estará normalmente situado en un IAF o el IF. Cuando no se proporcionan uno o más de los tramos iníciales, el circuito de espera estará normalmente situado para facilitar la entrada al procedimiento.












ICONOS PUBLICADOS DE LA TAA

PARTE - 2

Las TAA se representan en la vista en planta de las cartas de aproximación por medio de “iconos” que identifican el punto de referencia (IAF o IF) para las TAA, los radios desde el punto de referencia, y las marcaciones de los límites de las TAA.

El icono para cada TAA estará situado y orientado en la vista en planta respecto a la dirección de llegada del procedimiento de aproximación, y mostrará las altitudes mínimas y los escalones de descenso.

El IAF para cada TAA se identifica con el nombre del punto de recorrido para ayudar al piloto a orientar el icono en el procedimiento de aproximación.

El nombre del IAF y la distancia del límite de la TAA desde el IAF se incluyen en el arco exterior del icono de las TAA.
Si es necesario, los iconos de las TAA también identifican el lugar del punto de referencia intermedio con las letras “IF” y no el identificador de punto de recorrido IF para evitar la falsa identificación del punto de referencia para las TAA y para ayudar al conocimiento de la situación.



INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE APROXIMACION RNAV EN BARRA T , Y

PARTE-1

En los sistemas de guía RNAV, una computadora convierte los datos de navegación en la posición de la aeronave, calcula la derrota y la distancia y proporciona guía sobre la dirección hasta el punto de recorrido Waypoint (WP) siguiente. Las limitaciones de los sistemas RNAV son aquellas de las computadoras en que se basan.

La computadora está programada de forma que los errores de cálculo sean mínimos y no afecten significativamente a la precisión de los resultados. La computadora, sin embargo, no puede detectar los errores de entrada de datos

Nota: por tal motivo los procedimientos codificados como lo son las SID, STAR, y procedimientos de aproximación tiene que estar en la base de datos de navegación a bordo, y no ingresados de forma manual por la tripulación.

Puesto que los puntos de recorrido y, en algunos casos, los datos contenidos en la base de datos de navegación han sido calculados y promulgados por los Estados e introducidos por el explotador o la tripulación, la posición calculada actual contendrá todos los errores que hayan sido introducidos en la base de datos de navegación.

Nota: lo anterior haría referencia solamente para los puntos de recorrido para el vuelo en ruta de tal forma que no haya riesgo alguno con los obstáculos en esta fase, esto quiere decir que se permite el ingreso manual de puntos de recorrido en ciertas circunstancias.



ALTITUD DE LLEGADA A TERMINAL (TAA)


DEFINICION

Altitud de llegada a terminal (TAA). La altitud más baja que se pueda utilizar que proporcione un margen mínimo de franqueamiento de 300 m (1 000 ft) por encima de todos los objetos ubicados dentro de un arco de círculo de 46 km (25 NM) de radio con centro en el punto de aproximación inicial (IAF) o, cuando no hay IAF, en el punto de referencia intermedio (IF), delimitado por líneas rectas que unen los extremos del arco al IF. Las TAA combinadas y relacionadas con un procedimiento de aproximación comprenderán un área de 360º alrededor del IF.



GENERALIDADES

La finalidad de la altitud de llegada a terminal (TAA) es proporcionar una transición desde la estructura en ruta a un procedimiento de aproximación RNAV.

Las TAA están relacionadas con un procedimiento RNAV basado en los arreglos de barra “T” o “Y” .

Se requiere que una aeronave equipada con RNAV que se aproxima al área terminal y que intenta realizar una aproximación RNAV tome la derrota por medio del IAF apropiado correspondiente al procedimiento.

Si se publica una MSA de 25 NM, una vez que se selecciona el IAF como el próximo punto de recorrido no se dispone de la referencia MSA a menos que la aeronave esté equipada con sistemas de navegación suplementarios o que vuelva a seleccionar el punto de referencia para el MSA de 25 NM.

La publicación de las TAA evita que se requiera información sobre la distancia y/o el azimut en relación con el punto de referencia de MSA, y proporciona el franqueamiento de obstáculos mientras que se dirige por la derrota directamente a un IAF.

Si se publican, las TAA remplazan la MSA de 25 NM.

La disposición para la TAA normalizada consiste en tres áreas definidas por la prolongación del rumbo en el tramo inicial y el tramo intermedio.

Estas áreas se denominan área de entrada en directo, área de base izquierda y área de base derecha.

Los límites del área TAA están definidos por una distancia RNAV radial desde el punto de referencia TAA y por las marcaciones magnéticas hacia ese punto.

El punto de referencia para TAA es normalmente el IAF asociado pero en algunos casos puede ser el IF. (Este caso se da cuando no disponemos de tramo de aproximación inicial central)

Cuando no se emplean uno o más de los tramos iníciales, el punto de referencia para TAA puede ser el IF.

El radio para la TAA normalizada es de 25 NM desde el IAF y los límites entre las TAA están normalmente definidos por la prolongación de los tramos iníciales.

Las altitudes mínimas para cada TAA, en las cartas, deberá proporcionar un margen mínimo de franqueamiento de obstáculos por lo menos de 1 000 ft.


Arcos de escalón de descenso

Las TAA pueden tener arcos de escalón de descenso definidos por una distancia RNAV desde IAF.



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