PARTE-4
ESPECIFICACIONES DEL RECEPTOR DEL GNSS BÁSICO
El término “receptor del GNSS básico” se acuñó para describir la primera generación de receptores del GNSS que satisfacen como mínimo las normas RTCA DO 208, SC-181 y JAA TGL 3, y las normas de certificación IFR equivalentes, por ejemplo la norma TSO-C129.
En estos documentos se especifica la norma de performance mínima que deben satisfacer los receptores del GNSS para cumplir con los procedimientos en ruta, de área terminal y de aproximación que no es de precisión elaborado específicamente para el GNSS.
El requisito principal de estas normas es que el receptor del GNSS tenga incorporada las siguientes funciones:
1. rutinas de vigilancia de la integridad, por ejemplo, vigilancia autónoma de la integridad en el receptor RAIM;
2. anticipación del viraje; y
3. capacidad para procedimientos recuperados a partir de la base de datos de navegación electrónica de lectura solamente.
Fuente: Documento 8168 Operación de Aeronaves, Volumen I, Procedimientos de Vuelo. (Paginas electrónicas 200 a 210)
No hay comentarios:
Publicar un comentario